tag:blogger.com,1999:blog-3713344213835050784.post5854361561741840454..comments2022-01-29T06:23:18.784+01:00Comments on La doctrina está opositando: La retroactividadvictor!http://www.blogger.com/profile/12088437728668922964noreply@blogger.comBlogger5125tag:blogger.com,1999:blog-3713344213835050784.post-82868711159114011582012-02-07T04:04:34.032+01:002012-02-07T04:04:34.032+01:00estan ekivocadossssssssssestan ekivocadossssssssssAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3713344213835050784.post-59062243242049043532012-01-26T02:58:27.014+01:002012-01-26T02:58:27.014+01:00por pura casualidad me tope con tu blog y me saco ...por pura casualidad me tope con tu blog y me saco de dudas, graciasAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3713344213835050784.post-89170328169377249272009-12-21T19:58:10.308+01:002009-12-21T19:58:10.308+01:00RETROACTIVIDAD: De por si la misma se interesante ...RETROACTIVIDAD: De por si la misma se interesante y a la vez protectora puesto que se hace eminente imposible castigar a determinada persona cuando determina conducta no estaba penada. Pero tengo una duda grande y la cual me es de urgencia aclararla, ¿pues algunos juristas indican que cuando una norma es derogada esta ya no se puede aplicar? Segun mi criterio y me leal saber y entender, es eminentemente imposible que despues de que un bien juridico este titulado y que en la comision de su vigencia y posterior derogacion ya no pueda aplicarse la misma. Para mi juridica y socialmente es absurbo si no aplicacion puesto que la propia retroactividad nos dia aplicar normas del pasado y efectivamente esta retroactividad se ha de entender la no sancion sino contrario sensum, ha de ser aplicada en su calidad de la pena y que mas le beneficio al reo. Pues el hecho desaparecer una norma no trae como consecuencia la no sancion o impunidad por el daño del bien juridico que se tutelaba. Agradezco a los Doctos en la materia si fuere posible me puedan ampliar el tema y en todo caso se me proporcionara alguna doctrina para poder demostrar la tesis de cada uno de ellos.<br />Marco Antonio Chomo Turcios<br />chomoturcios@yahoo.es macocht@hotmail.comAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3713344213835050784.post-35053796438466762022009-11-09T23:34:49.599+01:002009-11-09T23:34:49.599+01:00He entrado de casualidad en tu blog, y te voy a co...He entrado de casualidad en tu blog, y te voy a contestar a su pregunta.<br />1. La ley de Costas se aplica con retroactividad, y el estado español se pasa la Constitución Española y los derecho por debajo del ala.<br />2. Sería un buen tema si estás emprezando para que investigues.<br />3. Todo esto biene a que somos una familia afectada por la Ley de Costas.<br />4. En nuestro caso enstamos en los Tribunales.<br />5. Con nosotros el Estado se salta todas las normas del derecho: Nos aplica la Ley con retroactiviad al año 1683.Nos aplica la Ley con arbitrariedad, y nos sumerge en una inseguridad juridica que no tiene parangón.<br />6.Así que no es cierto que la Constritución garantize algún derecho.<br /><br />Comentame si hay algo nuevo, y yo lo visitare!!!no hay derechohttp://www.arrakis.es/~errota/noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3713344213835050784.post-55063889010720779652009-07-28T19:14:04.741+02:002009-07-28T19:14:04.741+02:00Que conste que he intentado votarte!!! pero me obl...Que conste que he intentado votarte!!! pero me obligan a tener un bloc en concurso y eso ya es demasiado.Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/12177273979646661606noreply@blogger.com