Mostrando entradas con la etiqueta diplomacia. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta diplomacia. Mostrar todas las entradas

martes, 26 de enero de 2010

La Diplomacia (II): La inmunidad diplomática

Nada como un gato para empezar el 2010 y ya de paso llamar vuestra atención.

¡Hola!

¿Os pensábais que esto ya se había terminado, no? ¿Que en este año que empieza os ibais a librar de los sermones jurídicos de la doctrina, eh? ¡Ahhhhh, Alerta! Pues va a ser que no, aunque visto lo que me ha costado ponerme a escribir en enero, no va a tener esto la frecuencia que tenía pensado darle en un principio. Ya conocéis las excusas de siempre: que si mucho lío, que si la pereza, que si ponte con esto, que si estudia lo otro... Y al final, como siempre, esto se queda más seco que la mohama y a mi me reconcome el sentido del deber y esas ganas de divulgar que me tengo, digo yo, por ser de familia de maestros. No será por temas, porque haberlos, haylos, y más ahora que he vuelto al estudio del derecho y que estoy todo el día convenio arriba, tratado abajo.

En fin, dejémonos ya de cuentos y vamos a lo que vamos, a saber: la llamada "inmunidad diplomática", que os sonará más o menos de oídas o de haber visto algún capítulo de CSI Miami. Bien pues, para explicaros un poco de que trata el tema voy a dividir el post en dos partes: una primera en que digo como está el asunto más o menos a día de hoy, y una segunda en que, de forma práctica, se ve como era el tema antiguamente, para que veáis lo lejos que hemos llegado. Pasar directamente al video es trampa.

Como siempre, mejor empezar por el principio. La misión diplomática (es decir, el local y el personal de la misma) es el órgano del Estado acreditante encargado, entre otras cosas, de representarle ante el Estado receptor. O lo que es lo mismo, la embajada de Francia en Brasil representa a Francia ante Brasil y la de España en Ecuador a España ante Ecuador. ¿Y esto de representar qué quiere decir? Pues que la embajada puede realizar actos jurídicamente vinculantes en nombre del Estado (pronto más sobre el mandato, que aunque sea civil sirve para el caso), o lo que vendría a ser lo mismo, el embajador o jefe de la embajada puede firmar un tratado con el Estado en el que está la embajada (ved el Convenio de Viena de 1969 sobre derecho de los tratados). Hoy en día estas misiones diplomáticas son por lo general permanentes, pero esto sólo es así desde el s.XVI más o menos; hasta entonces lo que se hacía era enviar un representante del Estado ante el rey vecino para tratar lo hubiera que tratar y seguidamente volver a casita (lo que hoy llamamos "misiones especiales"). Todo lo relativo al tema que tenemos entre manos viene regulado en el Convenio de Viena de 1961 sobre relaciones diplomáticas. No, no había más sitios para hacer tratados.

Este último convenio recoge ciertos privilegios e inmunidades reconocidos a) Al local de la misión y b) Al personal diplomático de la misma. Los más importantes, a mi parecer, son que la policía del receptor no puede entrar en el local de la embajada sin permiso del embajador y que el personal diplomático no puede ser detenido (en leguleyo "inviolabilidad personal"). A estas dos inmunidades habría que añadir, entre otros, la privacidad en el correo y comunicaciones (en correos no pueden abrir las cartas de la embajada ni se les puede pinchar el teléfono), la exención de impuestos y la famosa valija diplomática, que quiere decir que en las aduanas no pueden abrirte la maleta (¡vengan esos embutidos!) ¿Y a cuento de qué tanto privilegio, os estaréis preguntando? La respuesta larga es que procesar al representante de otro estado equivale a procesar al Estado, cosa que no encaja demasiado bien en un sistema internacional regido por la igualdad soberana de los Estados (2.1 CNU). La respuesta corta es que se ha hecho toda la vida.

¿Pero esto no es lo mismo que darles carta blanca para delinquir a los diplomáticos? Pues quizás, pero hay en juego varias consideraciones: 1) Aunque un diplomático te salga rana, a lo largo de la historia estas inmunidades y privilegios han sido muy útiles y, al fin y al cabo, son respetadas por casi todos los estados del mundo; 2) En principio los diplomáticos son gente responsable que quiere mantener su trabajo tras x años de oposición; 3) Aunque no pueda juzgar a la persona, el Estado receptor puede declararla persona non grata y echarla del país. Muerto el perro, muerta la rabia, que se suele decir.

Bueno, tras semejante perorata llega el momento que todos estábais esperando. Así funcionaban las cosas en la antigua Esparta, en la que, por cierto, todavía andaban con enviados especiales.



Aquí la escena entera. Y con dos últimas reflexiones os dejo, que estas no son horas.

1) Ya no se hacen pozos sin fondo como los de antes.

2) Algún día yo tendré estas inmunidades, si todo va bien. ¡Muahahaha!

¡Pronto más! O no.

Cualquier duda que tengáis la ponéis en los comments, que para eso están.



viernes, 11 de septiembre de 2009

La Diplomacia (I)

Hola, familia.

¿Que tal la vuelta al cole? Nunca es fácil volver de vacaciones, ya se sabe. Y menos aún cuando lo que te espera es la crisis por un lado y la gripe A por otro. Por no hablar de la sentencia del Estatut, las bromas de Berlusconi y las ministras, la guerra de Afganistán, la reforma de la sanidad en Estados Unidos y la visita del amigo Chávez. Hay que ver lo bien que pinta este principio de curso, ¿no?

Pesimismo al márgen, empieza con este curso una nueva etapa en la vida de quien os escribe y, por extensión, en la vida de este blog. Terminada la licenciatura en Derecho y con el título bajo el brazo me lanzo a estudiar oposiciones, que como todos debéis saber, son los exámenes que se hacen para trabajar para la Administración, ya sea del Estado, de la Comunidad Autónoma o del Ayuntamiento. Y no me voy a dedicar a unas opos cualquiera, no señor, voy a estudiar nada más ni nada menos que para ser diplomático. Y de esto precisamente quería hablaros hoy. Voy a expresar tan solo cuatro reflexiones sobre el tema, ya que hablando de diplomacia podríamos pasarnos horas y no es plan.

1. La política que lleva a cabo el gobierno puede dividirse entre política interior y política exterior. La primera es la que se desarrolla entre el gobierno y los ciudadanos del país en cuestión y la que se desarrolla básicamente en su territorio. La segunda es la que tiene que ver con las relaciones entre el propio estado y el resto. Ejemplo de lo primero: pagar impuestos. Ejemplo de lo segundo: la cumbre bilateral de hace nada entre España e Italia. Dicho esto, la diplomacia o el cuerpo diplomático es, dentro del ministerio de asuntos exteriores, quien se encarga básicamente de llevar a cabo esta "política exterior", de la misma manera que la Agencia Tributaria se encarga de recaudar los impuestos.

2. Así como jueces, fiscales, notarios, policías o inspectores de hacienda hay en todo el país, diplomáticos sólo hay en dos sitios: en el Ministerio (en Madrid) y en las embajadas, consulados y misiones (diplomáticas) del mundo (que quedan en todas partes menos en España, como os podéis figurar). Esto explica en gran medida porqué he decidido estudiar las oposiciones en Madrid; es dónde está la marcha.

3. Y os estaréis diciendo: "Todo esto está muy bien, pero aquí nadie me ha dicho qué hacen estos diplomáticos". Pues bien, hablando en plata los diplomáticos hacen tres cosas, que escribo por órden de importancia: Organizar cócteles y cenas en sus respectivas casas y/o acudir a cócteles y cenas en casas de otros diplomáticos (las conocidas "cenas en casas del embajador"); representar al Estado de orígen en el Estado de recepción (es decir, el embajador de España en Japón representa a España ante Japón, ¡Sorpresa!); y prestar ayuda a "sus" ciudadanos en el país en cuestión. Esto último, quizás lo más útil para todos nosotros, es el objeto de una nueva campaña publicitaria del Ministerio, que en mi humilde opinión no está mal. Os recomiendo que le echéis un vistazo aquí.

En fin, yo creo que con esto y con que sepáis que en la oposición entran unos 225 temas que van desde "Las funciones y el objeto del Derecho Internacional Privado y sus técnicas de reglamentación" hasta "Bases de la dinámica económica: crecimiento y desarrollo. Crecimiento y desarrollo estructural", pasando por "Evolución política y social del mundo árabe. El proceso de paz de próximo oriente", os podéis hacer un poco de idea de dónde me estoy metiendo. En cualquier caso sabed que volveremos sobre este tema más adelante, una vez esté más metido en el meollo.

Cualquier pregunta ya sabéis.

¡A cuidarse!