lunes, 28 de diciembre de 2009

El Estatut

¡Hola a todo el mundo!¡Feliz navidad!

¿Cómo llevamos los últimos días del 2009? Por mi parte no hay ninguna queja, estando como estoy en los pirineos esquiando, aunque el tiempo no acompañe como debería. Ni que sean tres o cuatro días, esto de venirme a la montaña me sienta fantástico. ¿Tenéis algún propósito de año nuevo? ¿Dejar de fumar?¿Apuntaros al gimnasio? Es la época, ya se sabe.

En fin, vamos a lo que vamos. Me había dicho a mi mismo que no escribiría sobre el tema que veis en la cabecera por varios motivos. El principal es que hay que tener muchas ganas de meterse en un berenjenal importante, ya que es un tema muy espinoso de por si, dejando todo el tema mediático al margen. Tampoco quería escribir porque, siendo sincero, no me he leído ni el texto del estatut ni del recurso, así que lo que pueda saber sobre el tema se basa en lo que he leído en el periódico y lo que recuerdo de derecho constitucional (que, a lo tonto, hace ya 4 años que estudié). Pero bueno, finalmente, y como podéis ver, he decidido lanzarme porque creo que un tema tan importante como este DEBE tratarse en un blog como el que tenéis ante vosotros. Dicho esto, me lanzo a la aventura.

Lo primero es lo primero: ¿Qué es un Estatuto? Resumiendo mucho, podemos decir que es la norma que rige cada Comunidad Autónoma después de la constitución (CE). Aspectos importantes a destacar: 1) Mecanismo de aprobación: Los estatutos se aprueban por ley (orgánica) de las Cortes Generales, tras la propuesta de las instituciones autonómicas. 2) Contenido: Los estatutos sólo pueden tratar aquellas competencias de las que disponen de acuerdo con la CE.

Como cualquier otra ley, los estatutos están sometidos al control constitucional que ejerce el Tribunal Constitucional (que, por cierto, queda a 5 minutos de mi colegio mayor), si se plantea ante él un recurso o una cuestión de inconstitucionalidad. La función principal de este tribunal, muy brevemente, consiste en asegurar la “jerarquía normativa”, es decir, que ninguna ley contradiga la CE (si no esto sería can pixa) y desde un punto de vista jurídico-político tiene una importancia fun-da-men-tal. Su designación y la presente coyuntura (de falta de renovación, etc…) pueden, por supuesto, ser objeto de crítica; no así, en mi opinión, la institución como tal o su legitimidad para estudiar la constitucionalidad del Estatut. ¿Quién si no debería hacerlo? El equilibrio entre la democracia (léase aprobación del Estatut por referéndum) y las normas que la regulan (léase control de constitucionalidad del TC) es siempre delicado, y es algo que debe ponderarse con mucho cuidado y tras un reflexivo debate, aunque estas palabras parezcan contradictorias a día de hoy.

Bueno, ahora la parte del análisis puramente personal, que se sumará a los ríos de tinta escritos ya sobre esto; ¿Por qué está tan liado el tema? Tal y como yo lo veo, la creación de Comunidades Autónomas por la CE dejaba la puerta abierta tanto a un modelo de Estado centralizado como a un modelo más federalista, por así decirlo. El no resolver esta cuestión permitió aprobar la CE, ya que todo el mundo quedaba más o menos contento. Lo que ha pasado con el Estatut es que Catalunya ha intentado tirar de la cuerda hacia el lado federalista y esto no ha gustado nada en ciertos sectores, lanzándolos a interponer el famoso recurso. Entonces claro, el TC se ha visto un marrón encima que para qué: no sólo tiene que decir si el Estatuto se ajusta o no a la CE, sino que a la vez debe resolver, de una vez por todas, la cuestión del modelo territorial de España. ¿Que qué creo que hará? En enero lo veremos, pero me da a mi que esquivará la cuestión como buenamente pueda, dejando el debate para más adelante.

Quedan dos mil asuntos que tratar, pero yo creo que con esto es suficiente para terminar o comenzar el año (dependiendo de cuando vayáis a leer esto). Este 2010 será durillo, entre oposiciones y la (¿inevitable?) secesión de Catalunya tendremos sin duda tela que cortar en el blog…

Hasta entonces… ¡Feliz 2010!

¡Abrazos pirenaicos!

4 comentarios:

  1. tens un problema... ni esquiant (habiendo caído la nevada que te cagas por fin!) pots deixar de pensar en dret? fes-t'ho mirar eh? :P

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  2. Doncs jo em vaig haver d'estudiar el nou Estatut i cada vegada que la professora ens explicava quelcom article o títol acabava dient "bé, però això potser no quedarà així, perquè també esta impugnat pel PP". Així que ens haviem d'estudiar les novetats del nou EAC i tenir present que tot estava impugnat i que podia "desaparèixer" del text.
    La veritat és que no sé què pensar. Potser és perquè "me da un poco igual" el tema. No n'és un que m'interessi molt, però, tot i així, crec que se li dóna una importància que no té, de debò. S'està fent un ressò massa mediàtic i a mi això em fa mala espina.

    El árbol no nos deja ver el bosque.

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  3. @Nemui: Sí,ja sé que estic malalt, però no puc fer-hi res... Espero que amb la oposició se'm passi una mica.

    @Montse: Tot i que estic d'acord en que al tema de l'Estatut se li ha donat un ressò mediàtic que ha distorsionat en gran mesura tot el que l'envolta, no crec que sigui un tema trivial,ni molt menys. Crec que l'Estatut és una peça clau a l'hora de determinar el model de distribució de competències entre l'estat i les comunitats autònomes,que és tant com dir determinar el model d'estat.

    És cert que avui en dia hi ha mil altres coses molt més urgents (atur, europa, etc...), però crec que quan abans estigui resolt aquest tema, millor per tothom.

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  4. Jo dic q per mi és un tema trivial, perquè el model de distribució de competències m'importa més aviat poc. Ja saps com penso. Estat? What a funny joke!

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