martes, 9 de marzo de 2010

El derecho y las externalidades.

¡Hola a todos!

Mejor me ahorro la ya clásica perorata sobre cuánto he tardado en actualizar y aquello de que qué vergüenza, y que esto ya no es lo que era y que dónde iremos a parar y que tal y que cual. Sé que hace mucho que debería haber actualizado, pero oye, opositar es lo que tiene (además de ser una excusa genial para casi todo). Dicho esto y sin más preámbulos vamos con el tema de hoy: la relación (mejor dicho, una de las muchas relaciones) entre economía y derecho.

El caso es que el otro día lo hablábamos a la hora de comer (somos así), y me entraron ganas de escribir un algo sobre las externalidades positivas y negativas y su internalización mediante el derecho. Toma ya. “¿Pero nos hemos vuelto locos?”, diréis. Pues sí, para que negarlo. Pero por otra parte me parece un tema muy útil para entender desde los impuestos sobre el tabaco y el alcohol hasta las soluciones al cambio climático. Y es que además estoy con los temas de economía. En resumen, que no me basta con el Derecho que encima me tengo que meter en el berenjenal de la economía. Con un par.

Empecemos por el principio, como siempre. Las externalidades son aquellos efectos fruto de una actividad X que en un primer momento quedan fuera del cálculo coste-beneficio que hace el agente en cuestión a la hora de llevar a cabo dicha actividad (ahora es cuando llegan los economistas y me destrozan por no tener ni idea). Ejemplo rápido: un fumador no piensa en cuánto le puede llegar a costar en médicos el fumar, sino que mira sólo cuanto cuesta el paquete. Las externalidades pueden ser tanto positivas como negativas: así, cuando se instala una fábrica en un pueblo tiene efectos positivos (se abren tiendas y restaurantes en los que los nuevos trabajadores puedan comprar y comer, de modo que se crea riqueza) y a la vez puede tener efectos negativos (contaminación, saturación del pueblo, etc...). En un principio, al amo de la fábrica le dan igual tanto unas como otras, porque ni le van a pagar por abrir los restaurantes ni le van a cobrar por contaminar. Son efectos, por lo tanto, externos al análisis que hace el empresario a la hora de abrir la fábrica en cuestión.

Bueno, ¿y qué pinta el derecho en todo esto? Pues bien, el derecho entra en juego como mecanismo básico para internalizar las externalidades, que no es más que incorporar a los costes (por lo general) o los beneficios (rara vez) a las decisiones de los agentes económicos. Veamos cómo se hace esto con dos ejemplos.

  1. El tabaco: Fumar tiene unos beneficios (el placer para el fumador, digamos) y dos tipos de costes: lo que te cuesta el paquete y lo que cuestan los médicos que te tienen que velar por tu salud tras años de vicio. Lo primero lo paga cada uno, pero, ¿y lo último? En la gran mayoría de casos lo pagamos entre todos por la vía de la sanidad pública, financiada con nuestros impuestos. El mecanismo que utiliza el gobierno para repercutir parte de estos gastos al fumador en cuestión es, como ya habréis acertado, poner unos impuestos de la leche que por una parte reduzcan el numero de fumadores y que por otra contribuyan a pagar los costes médicos en los que previsiblemente termine por incurrir nuestro amigo el fumador. Así, alterando el precio, internalizamos la externalidad negativa en la toma de decisiones de quien libremente decida fumar.

  2. Las emisiones de CO2: La contaminación atmosférica es el otro ejemplo paradigmático de externalidades negativas. Cuando yo pongo una fábrica (bueno, hoy en día ya no, pero imaginaos que estamos en 1920 o algo) no pienso en qué o cuántos gases voy a emitir a la atmósfera, sinó que calculo cuánto me cuesta el local, las materias primas, la mano de obra, etc... ¿Qué pasa a largo plazo? Pues que todos los tíos que ponen fábricas piensan lo mismo y -¡alehop!- tenemos un cambio climático de narices. ¿Qué hacen aquí los gobiernos, viendo que sube el nivel del mar, aumentan las temperaturas extremas y la desertificación y que se cae una tormenta de nieve de la hostia en Barcelona? Pues podrían cerrar las fábricas directamente, pero eso no da muchos votos que digamos. Las alternativas hoy en día son dos: un mercado de emisiones (quien quiera saber cómo va que lo ponga en un comentario, paso de explicarlo aquí) o un impuesto sobre las emisiones de CO2. En Europa nos hemos decantado por el mercado, pero en EEUU están todavía discutiendo qué es mejor. China, por su parte... Bueno, imaginaos que estamos en 1920.

¿Ha quedado claro? Dos meses esperando un post para esto, parece mentira. Ah! Que conste que no tengo nada contra los fumadores, eh? Que era solo un ejemplo.

Os dejo ya que me se quejan los temas de que los tengo abandonados.

Nos vemos en abril. Maybe.

2 comentarios:

  1. Per què enganyar-nos, quan he començat a llegir el post ja he vist que parlaves en chino (ja saps que el meu cervell és molt limitat quan es tracta d'economia), així que he passat directament als comentaris.

    Que sí, que ja era hora que actualitzessis! Que no pué ser, que estás ahí enratonao pensando en tus cosas bizarras (nunca mejor dicho!)

    Però bueno, ja veig que el temari és una amant molt exigent, així que no l'abandonis! :P

    Per cert, has vist el celebrities de Kim Jong Il? "Faltaban dos filas para el tupé!" xD

    ResponderEliminar
  2. Victor!
    Grande, muy grande.
    No importante donde esté, siempre seré fan de tu blog. Ya lo echaba de menos!
    Un beso muy grande y no te rompas mucho la cabeza con tanto libro!

    Ines

    ResponderEliminar